Seguridad Privada 03/2026: nueva convocatoria septiembre — todo lo que necesitas saber
Si estás pensando en dedicarte a la seguridad privada, marcáis en el calendario: la convocatoria 03/2026 abre su plazo de inscripción el 1 de septiembre y cierra el 14 de septiembre de 2026. Es la tercera y última convocatoria del año para obtener la habilitación como vigilante de seguridad, vigilante de explosivos o escolta privado. Y lo cierto es que 2026 es un año especial: por primera vez, el Ministerio del Interior ha programado tres convocatorias anuales oficiales, con plazos en enero, abril y septiembre.
En este artículo te cuento todo lo que necesitas para no pillar el proceso desprevenido: requisitos, pruebas, sedes, tasa y los errores más comunes que hacen que aspirantes válidos se queden fuera.
| Dato | Convocatoria 03/2026 |
|---|---|
| Plazo de inscripción | 1 – 14 de septiembre de 2026 |
| Figuras habilitadas | Vigilante de seguridad, Vigilante de explosivos, Escolta privado |
| Tasa de examen | 23,34 € (tarifa duodécima) |
| Estudios mínimos | Graduado ESO o equivalente + curso formación SP |
| Edad mínima | Mayor de edad |
| Sedes de examen | Baleares, Cádiz, Granada, Madrid, Tenerife, Santiago, Tarragona, Valencia, Zaragoza |
| Normativa base | Ley 5/2014, RD 2364/1994, Resolución BOE núm. 12 (09/01/2026) |
El calendario 2026 de Seguridad Privada: tres convocatorias anuales
El Ministerio del Interior publicó en el BOE núm. 12 de 2026 la resolución que aprueba las tres convocatorias del año para pruebas de selección de seguridad privada. Esto supone un cambio respecto a años anteriores, donde la frecuencia variaba y a veces solo había dos. Con tres convocatorias distribuidas a lo largo del año, los aspirantes tienen más oportunidades para presentarse.
| Convocatoria | Plazo inscripción | Estado |
|---|---|---|
| 01/2026 | 15 – 28 de enero | Resuelta. Aptos definitivos publicados (08/05/2026) |
| 02/2026 | 1 – 16 de abril | Resuelta. Resultados publicados (26/06/2026) |
| 03/2026 | 1 – 14 de septiembre | Próxima. Sin proceso activo aún |
A fecha de julio de 2026, el Portal del Aspirante indica que "actualmente no hay ningún proceso activo" para la 03/2026, lo cual es normal: la inscripción no abre hasta septiembre. Lo que sí tienes que hacer ahora es revisar que cumples los requisitos y, si te falta el curso de formación, apuntarte a un centro homologado.
📌 Dato clave: La resolución que aprueba las convocatorias es común para las tres (Disposición 813 del BOE núm. 12, 9 de enero de 2026). Las bases son las mismas, firmadas por la Secretaria de Estado de Seguridad, Ana María Calvo Sastre.
Requisitos para presentarte: lista completa
Los requisitos están fijados en el Anexo I de la resolución publicada en el BOE y en la Ley 5/2014 de Seguridad Privada. Te los detallo para que no tengas sorpresas:
Requisitos generales (comunes a las tres figuras)
- Mayor de edad en la fecha de finalización del plazo de inscripción (14 de septiembre de 2026).
- Nacionalidad: de un Estado miembro de la UE, del Espacio Económico Europeo, o de un tercer Estado con convenio internacional con España que reconozca el acceso a estas actividades.
- Estudios: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales o superiores.
- Aptitud psicofísica según el RD 2487/1998 (salvo personal en activo de seguridad pública o privada).
- Sin antecedentes penales por delitos dolosos.
- Sin condena por intromisión ilegítima en derechos fundamentales (honor, intimidad, imagen, secreto de comunicaciones) en los 5 años anteriores.
- Sin sanción grave (2 años) o muy grave (4 años) en materia de seguridad.
- No haber sido separado/a del servicio en Fuerzas Armadas o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los 2 años anteriores.
- Diploma del curso de formación en un centro autorizado de Seguridad Privada (Ley 5/2014).
Requisito específico para escolta privado
Además de todos los anteriores, los aspirantes a escolta privado necesitan una estatura mínima de 1,70 m (hombres) o 1,65 m (mujeres).
📌 Importante: El curso de formación en Seguridad Privada es obligatorio para inscribirte en las pruebas. Si no lo tienes, no puedes presentarte. Asegúrate de hacerlo en un centro homologado por el Ministerio del Interior. La Resolución del Secretario de Estado de Seguridad de 12 de noviembre de 2012 determina los programas formativos.
Cómo inscribirse en la convocatoria 03/2026
El proceso de inscripción es telemático, a través del Portal del Aspirante de la Policía Nacional. Los pasos son:
- Accede al Portal del Aspirante en policia.es/portalaspirantes, sección Seguridad Privada.
- Identifícate con DNI/NIE o con certificado electrónico (Cl@ve, etc.).
- Rellena la solicitud indicando la figura a la que optas (vigilante de seguridad, vigilante de explosivos o escolta privado) y la sede de examen que prefieras.
- Paga la tasa de 23,34 € (modelo 790, código de tasa 015). El pago puede hacerse de forma telemática.
- Guarda el justificante de inscripción y pago.
Recuerda que no se permiten cambios de sede ni de fecha una vez publicada la lista de admitidos. Piensa bien qué ciudad te conviene antes de inscribirte.
📌 Aviso: La tasa de examen (23,34 €) solo surte efectos para la convocatoria en la que te inscribes. Si no te presentas o te excluyen por causa imputable, no se devuelve. Solo procede devolución si la causa es no imputable al aspirante.
En qué consisten las pruebas de selección
El proceso selectivo tiene dos pruebas principales, y solo se evalúa la segunda si has superado la primera:
Primera prueba: examen teórico
Un test tipo test sobre el temario de seguridad privada regulado en la normativa vigente (Ley 5/2014, RD 2364/1994 y la Orden INT/318/2011). Las plantillas de respuestas se publican en el Portal del Aspirante después del examen para que cada participante pueda consultarse de forma individualizada (lo hemos visto en las convocatorias 01/2026 y 02/2026 de este mismo año).
Segunda prueba: aptitud psicofísica
Si apruebas el teórico, pasas a las pruebas físicas. Estas incluyen ejercicios de aptitud física concretos y varían según la figura y el rango de edad del aspirante. Las marcas se publican en el Anexo II de la resolución (tablas de función). En la convocatoria 01/2026, por ejemplo, las pruebas físicas para vigilantes en Madrid se celebraron en las instalaciones deportivas de la Armada (Calle Serrano Galvache 4-6, Madrid).
Tras superar ambas pruebas, tendrás que presentar la documentación acreditativa de los requisitos para ser declarado apto/a definitivo/a y obtener la tarjeta de identidad profesional.
Sedes de examen disponibles
La resolución establece estas sedes para la realización de las pruebas:
| Sede | Ubicación |
|---|---|
| Baleares | Palma de Mallorca |
| Cádiz | Cádiz |
| Granada | Granada |
| Madrid | Madrid |
| Santa Cruz de Tenerife | Tenerife |
| Santiago de Compostela | La Coruña |
| Tarragona | Tarragona |
| Valencia | Valencia |
| Zaragoza | Zaragoza |
El Tribunal Calificador puede modificar esta lista (añadir o quitar sedes) en cada convocatoria por razones de economía, eficacia o funcionalidad. Las sedes definitivas se confirman en el acuerdo de convocatoria a pruebas que se publica tras el cierre de inscripción.
Errores que debes evitar a toda costa
Tras ver los resultados de las convocatorias 01/2026 y 02/2026, hay patrones que se repiten. Te resumo los más frecuentes:
- No tener el curso de formación: es el motivo de exclusión más común. El diploma tiene que estar expedido por un centro autorizado. No vale cualquier curso.
- Presentarse fuera de plazo: el plazo es del 1 al 14 de septiembre. Ni un día antes, ni un día después. No hay prórrogas.
- No pagar la tasa: sin el justificante de pago de 23,34 €, la solicitud no se procesa. Comprueba que el pago se ha registrado correctamente.
- Antecedentes recientes: si tienes una sanción grave en los últimos 2 años o muy grave en los últimos 4 en materia de seguridad, no puedes presentarte.
- Elegir sede sin tener en cuenta la logística: una vez publicada la lista, no puedes cambiar de sede. Si vives lejos, calcula bien desplazamiento y alojamiento.
Si tu solicitud resulta excluida, tienes 10 días hábiles desde la publicación en el BOE para subsanar el defecto o presentar una reclamación.
Seguridad Privada vs Guardia Civil y Policía Nacional
Es frecuente que los aspirantes a seguridad privada se planteen también oposiciones a cuerpos policiales. Son caminos distintos con diferencias claras:
| Característica | Seguridad Privada | Guardia Civil / Policía Nacional |
|---|---|---|
| Acceso | Curso formación + prueba selectiva (2 fases) | Oposición completa (temario amplio, varias fases) |
| Titulación | ESO + curso SP | ESO (básica) o bachillerato/universidad (ejecutiva) |
| Empleo público | No. Sector privado, habilitación oficial | Sí. Funcionario de carrera |
| Temporalidad | Contrato con empresa de seguridad | Plaza fija con destino |
| Convocatorias | 3 al año | 1 cada 1-2 años |
| Armamento | Vigilante de seguridad: sin arma (salvo excepciones). VEx: con arma | Sí, de dotación |
La seguridad privada es una vía más rápida para empezar a trabajar en el sector de la seguridad. Si tu objetivo es entrar en un cuerpo, puedes combinar ambas opciones. En nuestros tests de Guardia Civil y Policía Nacional tienes material de preparación para el examen tipo test que también te sirve para entrenar.
Después de las pruebas: del apto a la tarjeta profesional
Si superas ambas fases (teórico + físico), el Tribunal Calificador publica las listas de personas que han superado las pruebas de selección. A partir de ahí, tendrás que presentar documentación acreditativa de los requisitos: certificado de antecedentes penales, título académico, certificado de aptitud psicofísica y el diploma del curso de formación.
Una vez verificado todo, se te declara apto/a definitivo/a y puedes solicitar la tarjeta de identidad profesional (TIP) que te habilita para ejercer. A partir de ese momento, puedes trabajar en cualquier empresa de seguridad privada debidamente registrada.
En la convocatoria 01/2026, los aptos definitivos se publicaron el 8 de mayo. En la 02/2026, los resultados salieron el 26 de junio. El ciclo suele durar entre 3 y 5 meses desde la inscripción hasta la declaración de aptos, dependiendo de la carga de trabajo del Tribunal.
Preguntas frecuentes
¿Te preparas para las pruebas?
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